La Fundación para llevar a cabo su objeto, realizará las siguientes actividades:
- Financiar y/o construir viviendas, o contratar su construcción.
- Adquirir, enajenar, arrendar o dar en arrendamiento, adjudicar, ceder y/o donar viviendas, con el objeto de lograr los fines perseguidos por las políticas emanadas del Gobierno del Distrito Capital en el área de su competencia.
- Otorgar financiamientos a las comunas, destinados a la construcción de urbanismos y viviendas, así como la adquisición de materiales de construcción. Ejecutar e incentivar la auto-gestión por parte de la comunidad de proyectos de infraestructura, programas sociales, servicios básicos y actividades productivas en correspondencia con el presupuesto transferido por las instituciones del estado y los objetivos de la Fundación.
- Adquirir y/o solicitar la donación de terrenos o parcelas de entes públicos o privados y/o personas naturales o jurídicas.
- Celebrar contratos con organismos públicos o privados, o con personas naturales y/o jurídicas, a los fines de obtener el financiamiento necesario para la construcción, adquisición o enajenación de viviendas, conforme a las disposiciones legales que rigen la materia.
- Promover programas de autoconstrucción de viviendas por parte de las comunidades organizadas, y otorgar financiamientos destinados a la construcción de urbanismo y viviendas, así como la adquisición de materiales de construcción.
- Celebrar contratos de comodato y de enfiteusis de inmuebles conforme a las disposiciones legales que rigen la materia.
- Contratar la realización de proyectos urbanísticos y/o viviendas y sus respectivas inspecciones.
- Adquirir bienes para el uso y funcionamiento de la Fundación.
- Celebrar contratos destinados a la adquisición de tecnología, patentes y/o marcas que permitan la construcción y uso de material alternativo.
- Adquirir en el país o importar materiales de construcción para los fines previstos en los presentes estatutos.
- Elaborar y desarrollar programas de acción social para que se instale o promueva la participación ciudadana en la definición, formulación, planificación, diseño y ejecución de la gestión a través de los consejos comunales o cualquier otra forma de asociación comunitaria, en las áreas urbanas o rurales atendidas por la Fundación.
- Construir o contratar la edificación de la infraestructura de servicio y urbanismo, para el equipamiento de las áreas a desarrollarse.
- En general, ejecutar todos aquellos actos necesarios para llevar a cabo las operaciones que sean convenientes para los fines de alcanzar el objeto de la Fundación, de acuerdo a los lineamientos, planes y proyectos que en materia de vivienda y hábitat imparta el Gobierno del Distrito capital.
- Suscribir alianzas estratégicas, acuerdos de cooperación, convenios interinstitucionales, con personas naturales o jurídicas, ya sean públicas o privadas.